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Estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

Resultado de imagen de estructura gif interactivosLa estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno se fija por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en razón de la dependencia orgánica de las Delegaciones del Gobierno. 

Contarán con una Secretaría General, dependiente de los Delegados o de los Subdelegados del Gobierno, como órgano de gestión de los servicios comunes. De esta Secretaría Generañ dependerán los distintos servicios integrados en la misma y otros servicios y unidades que se determine en la relación de puestos de trabajo.

La integración de nuevos servicios territoriales o la desintegración de servicios territoriales ya integrados en las Delegaciones del Gobierno, se efectuará mediante Real Decreto de Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en razón de la dependencia orgánica de las Delegaciones del Gobierno, y del Ministerio competente del área de actividad (Artículo 76. Estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno).

La asistencia jurídica y las funciones de intervención y control económico financiero en relación con las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno se ejercerán por parte de 

- la Abogacía del Estado y 
- la Intervención General de la Administración del Estado respectivamente, 

de acuerdo con su normativa específica (Artículo 77. Asistencia jurídica y control económico financiero de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno).


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