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Expedición y diplomática de un título de escribano de minas

        Los títulos los concede el rey mediante  una Real Provisión, cuando los concede el virrey como alter ego del monarca deben ser confirmados por éste; y precisamente este documento es el expediente que se presenta.    Encontramos en el Archivo General de Indias, INDIFERENTE GENERAL, 416, L.6, F.59V-62V un documento datado en 1602-10-28 que es el Título de escribano público del juzgado de minas y registros y deputación del nuevo descubrimiento de minas de San Antonio de Padua y Bordallas en la Jurisdicción de la gobernación de la Nueva Vizcaya, con la jurisdicción de la alcaldía mayor dellas para Verbaué de Dueñas Narbona por hauer seruido a V.M. con 1200 pesos de oro común, pagados en aquella tierra.Dicho es dada en Valladolid a 24 días de Setiembre de 1602 años. Yo El Rey. Refrendada de Joan de Ybarra y firmada del Consejo .   El documento comienza con la Real Provisión por medio

Escribanos de minas en la actualidad

  El cargo de escribano de minas ha pasado a la actualidad y se conserva en Hispanoamérica. Por lo que reza en el  DECRETO LEY Nº. 20 “CREANDO LA AUTORIDAD MINERA” dado en Santa Rosa, La Pampa, 21 de Agosto de 1963 BOLETIN OFICIAL, 06 de Septiembre de 1963, en vigencia; en su Artículo 5 se dicta que La Autoridad Minera será ejercida por el Director de Minas, asistido por un Escribano de Minas y los jefes de los departamentos de la estructura orgánica de la Dirección. En casos de ausencia o impedimento, o vacancia en el cargo, la función de Escribano de Minas será ejercida interinamente por un escribano dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y, en su defecto, subrogará el Escribano General de Gobierno.   Según el Artículo 8: Son funciones del Escribano de Minas o Jefe del Registro Protocolar:  a) Las reservadas en el artículo pertinente del Decreto-Ley 2242/58, así como las que expresamente le delegara la Dire

Escribanos de minas en la actualidad

El cargo de escribano de minas ha pasado a la actualidad y se conserva en Hispanoamérica. Por lo que reza en el  DECRETO LEY Nº. 20 “CREANDO LA AUTORIDAD MINERA” dado en Santa Rosa, La Pampa, 21 de Agosto de 1963 BOLETIN OFICIAL, 06 de Septiembre de 1963, en vigencia; en su Artículo 5 se dicta que La Autoridad Minera será ejercida por el Director de Minas, asistido por un Escribano de Minas y los jefes de los departamentos de la estructura orgánica de la Dirección. En casos de ausencia o impedimento, o vacancia en el cargo, la función de Escribano de Minas será ejercida interinamente por un escribano dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y, en su defecto, subrogará el Escribano General de Gobierno. Según el Artículo 8: Son funciones del Escribano de Minas o Jefe del Registro Protocolar: a) Las reservadas en el artículo pertinente del Decreto-Ley 2242/58, así como las que expresamente le delegara la Dirección. b) Reemplazar al Director en caso

Expedición y diplomática de un título de escribano de minas

  Los títulos los concede el rey mediante  una Real Provisión, cuando los concede el virrey como alter ego del monarca deben ser confirmados por éste; y precisamente este documento es el expediente que se presenta.  Encontramos en el Archivo General de Indias, INDIFERENTE GENERAL, 416, L.6, F.59V-62V un documento datado en 1602-10-28 que es el Título de escribano público del juzgado de minas y registros y deputación del nuevo descubrimiento de minas de San Antonio de Padua y Bordallas en la Jurisdicción de la gobernación de la Nueva Vizcaya, con la jurisdicción de la alcaldía mayor dellas para Verbaué de Dueñas Narbona por hauer seruido a V.M. con 1200 pesos de oro común, pagados en aquella tierra.Dicho es dada en Valladolid a 24 días de Setiembre de 1602 años. Yo El Rey. Refrendada de Joan de Ybarra y firmada del Consejo . El documento comienza con la Real Provisión por medio de la cual Felipe II concede el título. Es un traslado por lo que las fórmulas diplomáticas